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SEGURIDAD EN LA EXPLOTACIÓN DE TÚNELES VIALES

20 julio, 2020

LA FIGURA DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD. LOS ANÁLISIS DE RIESGOS

El Real Decreto 635/2206 sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado, en su capítulo II establece las responsabilidades de los distintos órganos que intervienen en la gestión de la seguridad de todos los túneles de la red.

Dentro de los principales actores que intervienen en esta gestión destaca la figura del Responsable de Seguridad del túnel. Cada túnel debe disponer de un Responsable de Seguridad designado por la Dirección General de Carreteras, que a su vez podrá ser diferente para cada una de las fases de proyecto, construcción y explotación del túnel. Su principal cometido es el de coordinar, durante la fase correspondiente, todas las medidas de seguridad y de salvaguardia, a fin de garantizar la seguridad de la infraestructura y sus instalaciones, la de lo usuarios y la del personal que explota el túnel.

El Responsable de Seguridad, como técnico independiente del gestor estatal no recibirá instrucciones de aquel en relación con el desempeño de sus funciones y gestionará su actuación con los objetivos de acotar y minimizar los riesgos y garantizar de ese modo la seguridad del túnel.

Entre las principales funciones asignadas cabe destacar las siguientes:

  • Asegurar la coordinación con los equipos de emergencia y participar en la preparación de planes de actuación.
  • Participar en la Planificación, puesta en práctica y evaluación de las operaciones de emergencia.
  • Participar en la definición de los planes de seguridad y en las especificaciones de la estructura, equipamiento y funcionamiento.
  • Verificar la formación del personal del túnel y de los servicios de emergencia si existieran y participar en la organización de simulacros.
  • Asesorar sobre actuaciones de acondicionamiento, el equipamiento y el Manual de Explotación.
  • Verificar el mantenimiento y las reparaciones de estructura y equipamiento.
  • Participar en la evaluación de cualquier incidente o accidente.
  • Proponer el cierre o restricciones al tráfico del túnel.

Su labor se desarrolla en coordinación con varias entidades que también participan en la explotación de los túneles como son la autoridad administrativa, (Secretaria de Estado de Infraestructura), el gestor del túnel (Dirección General de Carreteras), la empresa explotadora y mantenedora, así como los distintos servicios de emergencia y en especial los usuarios. Es una figura imprescindible que debe garantizar que los túneles carreteros cumplen con la normativa de seguridad y garantizan una explotación uniforme en el conjunto de la red.

Los análisis de riesgo constituyen una herramienta fundamental a la hora de planificar y evaluar los distintos niveles de riesgo en la explotación de los túneles y permiten determinar ante diferentes características de explotación y equipamiento de un túnel, cuáles son los índices de riesgos aceptables para que a explotación se desarrolle en condiciones seguras.

Un análisis de riesgos se debe aplicar cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias en un túnel:

  • Incumplimiento de los requisitos estructurales o de equipamiento mínimos respecto a lo establecido en el anexo I del RD 635/2006.
  • Evaluación en el empleo de equipamientos o procedimientos de seguridad innovadores.
  • Incumplimientos geométricos en el diseño (pendiente, anchura de carriles, arcenes, existencia o no de aceras).
  • Ventilación insuficiente.
  • Evaluación sobre la posibilidad de habilitar apartaderos para túneles sin carril de emergencia.
  • Estudio de la necesidad de situar servicios de emergencia adicionales en el centro de control.
  • Análisis sobre autorización de adelantamiento de vehículos pesados.

La forma de llevar a cabo un análisis de riesgos queda recogida en España en la Metodología MARTE, desarrollada por el Ministerio de Fomento de España con la Asistencia Técnica de GEOCONSULT Ingenieros Consultores en su desarrollo. Se trata de un método cuantitativo bien definido que permite evaluar de forma homogénea el conjunto de túneles de la red del Estado, permitiendo optimizar diseño y equipamiento.

Ver documento: Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado.